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Propiedad Intelectual >> Denominaciones Geográficas

 

¿Qué es una denominación geográfica?

Las denominaciones geográficas pueden estar constituidas por el nombre de una ciudad o localidad determinada, o bien por el nombre de una zona o región más o menos extensa (supuesto de denominación directa), cuyo significado geográfico inequívoco persigue evocar en la mente de los consumidores, de manera inmediata y espontánea, la procedencia geográfica del producto correspondiente. También pueden estar compuestas de símbolos gráficos como la bandera de una nación, región o localidad, el edificio característico de una ciudad, el mapa de un país o el traje típico de una región (supuestos de denominaciones geográficas indirectas), en las que exista una cierta conexión entre el nombre o la representaciones gráficas que constituye la denominación geográfica y el producto al que se aplica. Veamos a continuación diferentes tipos de denominación geográfica.

¿Qué es una Indicación de Procedencia?

En el plano jurídico, la indicación de procedencia se encuadra dentro del primer tipo de denominación geográfica, que consiste en una indicación referida a un país o a un lugar situado en su interior como el lugar de origen de un producto, para cuya protección no se requiere que el producto que la porta posea cierta calidad o características imputables a su origen geográfico. Como parte de su función, el legislador reconoce a la indicación de procedencia el hecho de que evoca en el público, ya sea de forma directa o indirecta, el origen de un producto sin atribuir en exclusividad la titularidad de ésta. Razón por la cual el legislador condiciona el uso de las indicaciones de procedencia al principio de la veracidad, esto es, que existe la prohibición del uso de la designación de un lugar geográfico como punto de fabricación, elaboración o extracción de un producto que ha sido fabricado, elaborado o extraído en un lugar distinto. Las indicaciones de procedencia son una figura jurídica ubicada en un nivel inferior de protección en tanto denominación geográfica, cuyo uso se reserva en principio a las empresas o productores de la región o localidad correspondiente, cuya protección esta limitada a la facultad de prohibir el empleo de tal nombre geográfico a secas para productos que no procedan realmente de ese lugar, siempre que sea usado sin que se le agregue un vocablo deslocalizador que ponga de manifiesto el verdadero origen del producto. Son ejemplos de indicaciones de procedencia la mención del nombre de un país en un producto, o indicaciones como "Fabricado en.". Las indicaciones de procedencia se entienden como un término más general, que comprende la denominación de origen y la indicación geográfica.

¿Qué es una Denominación de Origen?

Cuando la denominación geográfica que se utiliza para distinguir productos agrícolas que reúnen las características determinadas en el pliego de condiciones respectivo, vinculada fundamental y exclusivamente al medio geográfico por sus factores naturales y humanos, es reconocida y protegida como denominación de origen, reservada para el uso exclusivo de las empresas o unidades de producción establecidas, o que lo hagan en el futuro, en esa determinada región o localidad, siempre que sus productos reúnan las características que la hacen acreedora a este derecho de exclusividad como titular colectivo.

¿Por qué se caracterizan las denominaciones de origen?

Las denominaciones de origen se caracterizan por presentar una doble conexión entre la denominación geográfica y el producto diferenciado. La primera es de carácter geográfico, ya que la denominación de origen debe utilizarse para designar productos cultivados o elaborados en el país, región o localidad cuyo nombre se emplee como denominación de origen. La segunda es una conexión cualitativa según la cual el producto designado, mediante la denominación de origen, ha de reunir determinadas cualidades y características debido al medio geográfico que comprende los factores naturales -composición del suelo, agua, clima, flora y fauna-, y los factores humanos.

¿Quiénes pueden solicitar el reconocimiento de una denominación de origen?

El reconocimiento de una denominaciones de origen sólo podrá ser solicitada, en calidad de titulares, por entes del Estado o instituciones paraestatales, comenzando la protección con el registro ante el órgano competente, para el caso de Venezuela, antes el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual , siendo su vigencia de forma indefinida siempre que se mantengan las condiciones que justifican tal protección.

¿Sobre quién recae la obligación de controlar el uso de la denominación de origen reconocida?

La administración y control de la denominación de origen recae sobre una agencia independiente o entidad del Estado, constituido bajo la modalidad de un consorcio denominado Consejo Regulador, en el que están representados todos los agentes económicos de la cadena de suministro del producto, quienes velaran para que los productos diferenciados con la denominación de origen cumplan con las características recogidas en el reglamento de uso o pliego de condiciones elaborado al efecto y caracterizado como un estatuto con elementos de carácter administrativo.

¿Qué ventajas reconoce para los productos locales la denominación de origen?

En aquellos mercados de países con tradición y experiencia en el uso de denominaciones de origen para diferenciar productos agrícolas locales, se reconoce que éstas son una estrategia que favorece:

  • La creación de un mayor valor económico en aquellos productos regionales y locales diferenciados que satisfacen una demanda identificada;
  • La forma eficaz para competir con los productos genéticamente modificados, una vez que la calidad y características que presentan los productos protegidos con una denominación de origen, responden a prácticas tradicionales y a un saber hacer;
  • La promoción y desarrollo de empresas familiares y, consecuentemente, de las economías regionales y locales;
  • La promoción de exportación de productos agroalimentarios adecuados a estándares internacionales, logrados a partir del trabajo común y de parámetros de calidad colectivos;
  • La preservación del ambiente y de la cultura local;
  • El sistema legal y la seguridad jurídica.

¿Qué es una Indicación Geográfica?

Aquellos productos que no cumplen con el doble vínculo que exige la definición de denominación de origen, pero que son portadores de una reputación digna de tutela, pueden igualmente ser diferenciados mediante el reconocimiento de una indicación geográfica, un tipo de figura intermedia entre las indicaciones de procedencia y las denominaciones de origen. Se definen las indicaciones geográficas protegidas como la calificación aplicable a un producto que tiene cualidades diferentes entre los de su misma naturaleza, siendo que las cualidades diferenciales en el producto no se derivan del medio geográfico de origen por la concurrencia de factores naturales y humanos propios de tal zona.

 

¿Cuál es la función que cumple una indicación geográfica?

La función que cumplen las indicaciones geográficas es la de indicar la procedencia geográfica de los productos a la que es debida fundamentalmente la calidad de éstos, pudiendo ser varios los factores que alternativamente podrán originar dicha calidad diferencial: la materia prima, el medio natural, los métodos de elaboración empleados o la mera reputación, en cuyo caso, el vínculo entre el producto y la zona de procedencia es subjetivo. En las indicaciones geográficas, el vínculo entre el producto y el territorio de origen es exigido en un grado más tenue que en el caso de que se trate de denominación de origen. Por esta razón se entiende que las indicaciones geográficas abarcan una definición más amplia, es decir, que toda denominación de origen es una indicación geográfica, pero sólo algunas indicaciones geográficas son denominaciones de origen, razón que justifica que sea aplicable a las indicaciones geográficas lo referido a las denominaciones de origen, con relación a la titularidad, usuarios, comienzo y vigencia de la protección, pliego de condiciones y sobre la administración y control por medio del Comité Regular de la indicación geográfica.

¿Cuales son las ventajas económicas que ofrece la indicación geográfica?

Las experiencias de uso de la indicación geográfica de muchos países han hecho que ésta sea considerada en el plano económico como herramienta capaz de:

  • Promover y preservar la actividad agrícola y artesanal en zonas rurales marginales de difícil acceso, en las que la decadencia y la migración constituyen un grave problema de carácter social;
  • Obtener mejores precios: los productos son puestos en el mercado a mejores precios, ya que los consumidores, una vez que se dan cuenta de la calidad, técnica, materia prima y patrimonio cultural del producto, están dispuestos a pagar más por él,
  • Promover la existencia de una variedad de productos regionales,
  • Crear empleos directos e indirectos en las zonas rurales,
  • Favorecer la multiplicidad de unidades de producción y aprovechar los territorios beneficiarios con otras actividades económicas (como el agroturismo), incidiendo en un óptimo reparto del territorio en pro de un mayor desarrollo rural,
  • Beneficiar a los consumidores con la identificación y promoción de las cualidades regionales o nacionales distintivas de los productos destinados al mercado nacional y de exportación, ya que les posibilita la elección del producto deseado al disponer de información comparativa objetiva.

  • En el caso de productos artesanales, la indicación geográfica es un instrumento que:
  • Agrega valor al producto resultante respecto de sus similares,
  • Recupera y mantiene el carácter localizador u originario de culturas ancestrales que han venido perdiéndose,
  • Preserva de forma directa el origen, la cultura, la producción con materias primas locales y las cualidades y características locales propias, e indirectamente promueve el que la actividad artesanal se mantenga en los lugares de origen que corresponden.

  • A manera de resumen, puede señalarse que además de propiciar el rescate y protección del patrimonio cultural y de recursos endógenos (materias primas, conocimientos, mano de obra), permite que con la administración y autogestión por parte de los actores locales (en la definición, implementación y control de la indicación geográfica o denominación de origen), se creen y fortifiquen los lazos de identidad regional, además de favorecer la distribución equitativa de la riqueza mediante la valorización del patrimonio local, evidencia de un buen ejemplo de cómo usar el sistema de la propiedad intelectual al servicio de las regiones rurales con potenciales para su desarrollo.

    Ver bibliografía sobre denominación geográfica
 

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